Impuestos: ARCA reduce el menú de sanciones para contribuyentes que no responden a sus reclamos
Modificó las penalidades del Sistema de Acciones de Control Electrónico (SIACE). De cinco quedará una, pero esa sanción es la mas cuestionada por los profesionales.
Mientras que profesionales contables cuestionan las facultades de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para mandar al listado de “no confiables” a contribuyentes con problemas, el organismo emitió una nueva normativa que atempera cierto tipo de sanciones para los casos en que se demoran las respuestas a sus requerimientos.
Se trata del Sistema de Acciones de Control Electrónico (SIACE), un mecanismo de comunicación del organismo con los contribuyentes a través del Domicilio Electrónico declarado. El SIACE envía notificaciones y pedidos de informes o inspecciones y el contribuyente tiene ciertos plazos para responderlos. Fue creado en mayo de 2023.
Hasta ahora preveía cinco tipo de sanciones para los incumplidores. Pero según destaca el especialista Sebastián Domínguez, ceo de SDC Asesores Tributarios, ahora quedará una sola, aunque ésta también resulta de cierta complejidad para los contribuyentes.
“A través de este sistema, ARCA realiza notificaciones de inducciones, comunicaciones, requerimientos, fiscalizaciones, entre otras, con el objetivo de lograr el cumplimiento de las presentaciones de declaraciones juradas y pagos por parte de los contribuyentes y responsables”, señala Domínguez.
No todas las notas que recibe el contribuyente en su Domicilio Fiscal Electrónico tienen que ser respondida en el mismo día. Algunas suelen ser inducciones. En este caso de trata de comunicaciones en las que ARCA le dice al contribuyente que tiene sospechas de que tiene bienes no declarados, la cuales, por no constituir una intimación legal, no es necesario responder.
“En el caso que deba brindarse una respuesta a la notificación, la misma indicará el plazo que se tiene para contestar. La Resolución establece que el plazo estará comprendido entre 3 y 15 días hábiles administrativos”, explica el tributarista.
A través de la Resolución 5660/2025, ARCA realiza importantes cambios eliminado 4 de las 5 sanciones para los contribuyentes:
Elimina el encuadramiento en una categoría distinta a la que posee en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).
Anteriormente, un cambio de categoría en el SIPER implicaba mayor riesgo de fiscalización, menos cuotas y tasas más altas en planes de financiación, además de mayores controles en ciertos trámites de devolución de impuestos, entre otros.
Elimina la exclusión o suspensión de los Registros Especiales Tributarios que integran el “Sistema Registral” o Registros Fiscales a cargo de ARCA.
Por ejemplo, ARCA podía suspender a una empresa en el Registro como Importador/Exportador y que la misma no pudiera realizar operaciones de ese tipo.
Elimina la imposibilidad de emitir Facturas clase “A”.
La medida obligaba a los contribuyentes a emitir facturas clase "M", lo que podía derivar en retenciones del 100% del IVA, afectando severamente la liquidez de las empresas.
Elimina la consideración para la valoración en el CEF (Sistema de Capacidad Económica Financiera)
Antes, la valoración del CEF afectaba la aprobación de Declaraciones SIRA y SIRASE para importaciones. Sin embargo, desde enero de 2024, el CEF ya no se tiene en cuenta para las importaciones.
Cuál es la única sanción prevista
La penalidad que quedará en pie es que ARCA podrá limitar una CUIT, es decir, poner restricciones al contribuyente para hacer cobros o emitir cierto tipo de factura, como es el caso del listado de no confiables que no tienen permitido recibir cobros por transferencias o códigos QR, entre otros.
De hecho, el diputado Ricardo López Murphy presentó hace un par de semanas un proyecto de declaración para que ARCA informe sobre los criterios que usa para mandar al listado de no confiables a determinadas CUITs.
Entre los reclamos al organismo están los siguientes:
Informar cuántos contribuyentes tienen actualmente la Clave Única de Identificación Tributaria inhabilitada y/o la emisión de comprobantes de venta restringida por decisión de ARCA.
Informar las razones por las que se ha dispuesto la inhabilitación de la CUIT y/o restricción para la emisión de comprobantes de venta en cada caso.
Informar las razones que justifican al menos el 80% de los casos, indicando qué cantidad de casos se corresponde con cada grupo de razones.
informar el desglose por tipo de contribuyente considerando las siguientes categorías: (i) personas humanas, (ii) entes colectivos (indicar tipo), (iii) responsables de régimen simplificado, (iv) responsables inscriptos y (v) sujetos exentos
Informar cuál es la evolución histórica de la cantidad de casos en los últimos cinco años.
Informar si se han realizado estudios sobre el impacto económico de estas inhabilitaciones y restricciones en las empresas y trabajadores afectados. En su caso, informar conclusiones.
Informar los criterios objetivos en los que la ARCA se basa para determinar la inhabilitación de la CUIT o restricción a la emisión de comprobantes de venta.
Informar cuales son los parámetros que se consideran para diferenciar un incumplimiento menor, de una maniobra de evasión de mayor escala, para determinar la inhabilitación de la CUIT o restricciones a la emisión de comprobantes de venta.
Informar si se toman otras medidas preventivas antes de llegar a la inhabilitación de la CUIT o a la restricción a la emisión de comprobantes de venta.
Informar cuál es el procedimiento interno de evaluación antes de aplicar estas medidas.
Informar cuáles son las instancias de control o supervisión dentro del organismo.
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Diputados presentaron una denuncia penal contra Javier Milei por el acuerdo con el FMI vía DNU
El escrito lleva la firma de siete legisladores de Unión por la Patria y es patrocinado por el abogado Eduardo Barcesat. Consideran que el decreto viola la Constitución.
Diputados nacionales de Unión por la Patria (UP) presentaron una denuncia penal contra el presidente Javier Milei contra el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).
El escrito lleva las firmas de los legisladores Juan Marino, Hugo Yasky, Daniel Gollán, Julio César Pereyra, Sabrina Selva, Victoria Tolosa Paz y Brenda Vargas Matyi, con el patrocinio del Dr. Eduardo Barcesat.
Denuncia penal contra Javier Milei
En la presentación, los denunciantes consideran que el DNU de Milei viola los artículos 75 (incisos 4°, 7° y 22°) y 76 de la Constitución Nacional, que establecen que cualquier endeudamiento con organismos internacionales debe ser aprobado por el Congreso.
A la par, se advierte que el Gobierno estaría usurpando funciones exclusivas del Poder Legislativo y que el DNU constituye un acto de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, conforme a los artículos 248 y 249 del Código Penal.
En esa tónica, el escrito refiere que que estos hechos afectan la estabilidad democrática y el orden institucional del país.
La presentación le pide a la Justicia la suspensión inmediata de cualquier acto que implique endeudamiento sin aprobación legislativa. Asimismo, que se notifique a ambas Cámaras del Congreso para que intervengan en la causa como la adopción de medidas cautelares para evitar la ejecución del DNU.
Puntualmente, el texto refiere a que el 6 de marzo de 2025, la Oficina del Presidente de la República Argentina publicó un comunicado informando que “se dictará y remitirá al Congreso Nacional un Decreto de Necesidad y Urgencia para obtener su apoyo en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional.
"Dicho acuerdo implica una operación de crédito público mediante la cual el Tesoro Nacional cancelará deuda existente con el Banco Central”, explicaron.
Los diputados peronistas manifestaron que "es insólito que el Fondo Monetario Internacional pretende convertirse en intérprete del texto de la Constitución Nacional Argentina, incurriendo, por lo visto, en groseros errores y omisiones que llevan a la descalificación de la afirmación aquí reseñada".
Al respecto, el diputado Juan Marino, uno de los denunciantes, explicó: "Con el patrocinio del Dr. Barcesat, diputadas y diputados nacionales presentamos una denuncia penal contra Milei por la inminente firma de un DNU para acordar con el FMI".
"Viola la Constitución y la Ley 27.612. Solicitamos a la Justicia que impida la consumación del delito", apuntó el legislador.
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Aduana: ARCA establece cambios clave para el ingreso y salida de dinero en efectivo de los viajeros
A partir de ahora, los viajeros deberán completar una declaración jurada si superan los u$s10.000. Cuáles son los otros cambios que se establecen.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó y unificó las regulaciones sobre el ingreso y egreso de efectivo, además de metales preciosos, en línea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Argentina, es miembro del GAFI desde el 2000 y debe cumplir con sus estándares, incluyendo la Recomendación N° 32, que exige mecanismos para detectar y sancionar el transporte transfronterizo de estos activos cuando estén vinculados a delitos financieros.
Actualmente, la exportación de moneda extranjera y metales preciosos está restringida por el Decreto N° 1.570/2001, permitiéndose solo bajo ciertas condiciones. La nueva regulación unifica y actualiza estos requisitos.
Cuáles son los cambios que establece ARCA para los viajeros
La resolución establece que los viajeros de cualquier categoría y los tripulantes que ingresen al territorio argentino, ya sea como equipaje o pacotilla, deben declarar ante el servicio aduanero el dinero en efectivo, los instrumentos negociables al portador (en moneda nacional o extranjera) y/o los metales preciosos amonedados, si su valor total es igual o superior a u$s10.000 o su equivalente en otras monedas.
Esta declaración se realizará mediante el formulario OM 2249-A, el cual será completado y emitido por el servicio aduanero y firmado por el declarante, según lo dispuesto en la reglamentación disponible en el sitio web de la agencia.
Por otro lado, se aclara que se considerará el tipo de cambio comprador al cierre del día hábil anterior al ingreso del país, según lo comunicado por el Banco de la Nación Argentina.
En cuanto al egreso, los viajeros y tripulantes solo podrán retirar dinero en efectivo, instrumentos negociables al portador en moneda extranjera o metales preciosos amonedados si su valor es inferior a u$s10.000 o su equivalente en otras monedas, y deberán considerar el tipo de cambio vendedor al cierre del día hábil anterior al egreso, según lo indicado por el Banco de la Nación Argentina.
Si el valor total supera esta cantidad, solo podrán realizar el egreso de moneda extranjera y de instrumentos negociables al portador a través de entidades autorizadas por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. En el caso de la moneda nacional de curso legal y los instrumentos negociables en esta moneda, podrán hacer el egreso mediante una declaración ante el servicio aduanero, utilizando el formulario OM 2250-B.
El formulario OM 2250-B será completado y emitido por el servicio aduanero y firmado por el declarante, de acuerdo con la reglamentación disponible en el sitio web de la agencia.
Aclaraciones importantes de ARCA
Los importes establecidos en los artículos 1° y 2° se aplican a mayores de 16 años, adultos emancipados, y a menores de 16 años no emancipados, quienes tendrán un límite del 50% de los valores establecidos para los adultos.
Los datos declarados por cada viajero o tripulante serán registrados en el Sistema Ingreso y Egreso de Valores por el servicio aduanero y se proporcionarán a la Unidad de Información Financiera (UIF). En caso de incumplimiento de las disposiciones, se impondrán sanciones y medidas cautelares conforme al Código Aduanero.
Los viajeros en tránsito no estarán sujetos a las restricciones mencionadas si han declarado correctamente el dinero o instrumentos al ingresar, y deberán incluir la palabra “Tránsito” en la declaración.
La resolución también establece que el organismo informará a la UIF sobre cualquier conducta relacionada con el lavado de activos o financiación del terrorismo.
Finalmente, la resolución entrará en vigencia 10 días hábiles después de su publicación. ambito.
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La hierba aromática que tiene altos niveles de colágeno y calcio y es muy fácil de incorporar a tu alimentación
Conocé sus beneficios y una receta exquisita para poder aprovechar todas sus propiedades.
Muchas hierbas cuentan con una gran cantidad de propiedades que benefician al organismo. Una de estas es la menta, que no solo deja un sabor refrescante, sino que también tiene beneficios para los huesos, el cerebro y la salud mental.
La menta se utiliza en muchas bebidas. Por ejemplo, esta hierba se agrega normalmente a la limonada para darle un sabor más fresco. Por otro lado, algunas personas agregan hojas de menta al mate, lo que le da un sabor extra delicioso.
Según el sitio web Infocampo, los mayores beneficios de la menta son:
Digestión: La menta ayuda a aliviar problemas digestivos como gases, indigestión, malestar estomacal, náuseas y cólicos intestinales.
Estrés y ansiedad: La menta tiene un efecto tranquilizante y antiespasmódico que ayuda a reducir la presión arterial y relajar los músculos.
Insomnio: La menta puede ayudar a promover el sueño.
Dolores de cabeza: La menta puede aliviar los dolores de cabeza al aumentar el flujo sanguíneo.
Memoria y concentración: El mentol, un compuesto de la menta, puede mejorar la oxigenación y el aporte de nutrientes a las neuronas.
Inmunidad: La menta es un antioxidante natural que ayuda a reforzar el sistema inmunológico.
Salud bucodental: La menta es un refrescante bucal natural.
Peso: La menta puede ayudar a bajar de peso al controlar el apetito.
Puede ayudar en caso de resfriado y actúa como antiespasmódico cuando se quiere toser.
Tiene propiedades antiinflamatorias.
Además, la menta puede prevenir la artritis ya que es una fuente de calcio y colágeno, que son nutrientes esenciales para el cuidado de la salud ósea y articular. Por esta misma razón también puede aliviar el dolor de las muñecas.
Cómo consumir la menta y aprovechar sus propiedades
Una de las maneras más efectivas de consumir esta hierba para obtener todos sus nutrientes es a través del té de menta, que se prepara hirviendo agua en un recipiente y una vez que llegue al punto adecuado, hay que agregar una cucharada de las hojas. Luego se debe tapar el vaso con la infusión y dejarla reposar entre 5 y 10 minutos. Una vez pasado el tiempo, colar y beber.
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Las criptomonedas se derrumban: Bitcoin perfora los u$s80.0000 y toca mínimos de cuatro meses
Las altcoins también sufren: los mayores descensos son registrados por Solana (-5,1%), Dogecoin (-5%), Avalanche (-4,5%) y Cardano (-4,1%).
Las criptomonedas se derrumban este lunes 10 de marzo, en medio de una creciente tensión por los aranceles de Donald Trump y el impacto en la economía de EEUUl. En ese marco, Bitcoin cede casi 6% en las últimas 24hs y perfora los u$s80.000, según Binance, para tocar su menor valor en cuatro meses (cerca de los u$s78.000). En tanto, Ethereum cae 6% a u$s1.986.
Lo mismo sucede con el resto de las altcoins: los mayores descensos son registrados por Solana (-7,2%), Cardano (-6,6%), y Dogecoin (-6,3%).
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