domingo, 13 de abril de 2025

PROVINCIALES

 SANTA FE

Un agente penitenciario intentó ingresar 17 celulares a la cárcel de Coronda y fue condenado en un juicio oral

Se trata de Hernán Agustín Nuñez de 25 años. Se le impuso una pena a un año de prisión de cumplimiento condicional y también una inhabilitación para trabajar por dos años. El fiscal a cargo de la investigación del ilícito es Ezequiel Hernández.

Un agente penitenciario de 25 años identificado como Hernán Agustín Nuñez fue condenado por intentar ingresar a la cárcel de Coronda una mochila con 17 teléfonos celulares que eran para personas privadas de su libertad alojadas en esa unidad penitenciaria. La condena fue resuelta por el juez Nicolás Falkenberg en el marco de un juicio oral y público que se llevó a cabo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

A Nuñez se le impuso una pena a un año de prisión de cumplimiento condicional y una inhabilitación de dos años para prestar funciones en las fuerzas de seguridad.

El fiscal que investigó el ilícito es Ezequiel Hernández, quien en el debate oral estuvo acompañado por el fiscal Marcelo Nessier.

“La pena impuesta se ajusta a la escala que prevé el delito de abuso de autoridad, que es por el cual fue acusado y condenado Núñez”, sostuvo Hernández. “Entendemos que este caso es importante por la peligrosidad que representan los celulares ingresados clandestinamente en las cárceles”, agregó el fiscal y subrayó que “esta condena es un claro mensaje para quienes intenten delinquir de esta manera”.

Scanner

El ilícito que investigó el fiscal del MPA y por el que fue condenado Núñez fue cometido en horas de la mañana del sábado 17 de junio de 2023.

“El condenado se presentó a trabajar, le indicaron que pase la mochila que llevaba consigo por el scanner que hay en los controles de entrada y se negó”, explicó Hernández. “Inmediatamente después dijo que quería pedirse el día porque tenía un familiar enfermo y se puso muy nervioso”, añadió el fiscal.

Hernández sostuvo en el juicio que “el condenado sabía que, en esa época, era habitual que los fines de semana no se realizaran controles con scanner, información que utilizó para correr menos riesgo”.

“Además de los 17 teléfonos, en la mochila había 22 tarjetas SIM; 14 cargadores de batería de celulares; 25 agujas para realizar tatuajes y dos accesorios para máquina de tatuar; ocho auriculares y dinero en efectivo”, enumeró el fiscal y remarcó que “todos los elementos estaban guardados en dos bolsas negras de nylon cerradas con cinta de embalar”.

Durante el debate, el fiscal hizo hincapié en que “Núñez actuó a sabiendas de lo que estaba haciendo y de las leyes que estaba incumpliendo”. En tal sentido, refirió a “la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de Santa Fe y la ley 24.660 respecto de la prohibición de comunicación con dispositivos móviles para los internos”.

Calificación penal

Núñez fue condenado como autor del delito de abuso de autoridad por no ejecutar las leyes cuyo cumplimiento le incumbe.

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SANTA FE

Condenaron a dos hombres por delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de dos niñas de su entorno familiar en Monte Vera

Se trata de WES de 43 años y JLRC de 47, a quienes se les impusieron penas a 9 y a 11 años de prisión, respectivamente. La sentencia fue dispuesta en el marco de un juicio oral que se llevó a cabo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. La fiscal que representó al MPA en el debate es Jorgelina Moser Ferro. La identidad de los condenados no se brinda para evitar la revictimización de las niñas, quienes tienen el mismo apellido que uno de los condenados.

Dos hombres fueron condenados por los abusos sexuales sufridos por dos niñas de su entorno familiar en Monte Vera. Uno de ellos tiene 47 años, sus iniciales son JLRC y se le impuso una pena a 11 años de prisión por delitos cometidos en perjuicio de las dos víctimas. El otro tiene 43 años, sus iniciales son WES y fue condenado a nueve años de prisión por haber abusado de una de las niñas.

La pena fue impuesta por unanimidad por la jueza Rosana Carrara y por los jueces Leandro Lazzarini y Leandro Aguirre en el marco de un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

La fiscal que representó al MPA en el debate es Jorgelina Moser Ferro.

“Se trató de una investigación muy compleja a raíz de que las víctimas se retractaron por las presiones familiares que recibieron durante toda la etapa de investigación penal”, sostuvo la fiscal. Asimismo, agregó que “las dificultades también se presentaron cuando entrevistamos a integrantes de la familia, quienes descreyeron los relatos de las niñas, naturalizando ciertas prácticas”.

“No obstante, logramos probar que los abusos existieron y que los autores fueron las personas a las que acusamos”, remarcó la fiscal.

Los abusos

Moser Ferro indicó que “JLRC cometió los abusos contra las dos víctimas entre 2021 y 2022 mientras las niñas quedaban a su cuidado y siempre en presencia de ambas”. Por su parte, el otro condenado “llevó adelante sus conductas delictivas en reiteradas oportunidades entre 2016 y 2020 en perjuicio de una sola de las niñas".

La funcionaria del MPA sostuvo que “una de las niñas pudo develar los abusos que había sufrido en la institución educativa a la que asistía, y desde allí se activaron los protocolos correspondientes para proteger a las víctimas”.

“Con la formalización de la denuncia penal, intervinieron además otros organismos estatales y se tomaron medidas de protección integral”, amplió Moser Ferro.

 Retractación

Moser Ferro reiteró que “ durante la etapa de investigación, las víctimas se retractaron a raíz de fuertes presiones familiares que recibieron para que no se condene a los hombres investigados”.

“El fenómeno de la retractación es esperable en este tipo de casos, en los que las víctimas no consiguen el apoyo de su entorno y se sienten en la obligación de retirar la denuncia para no romper sus vínculos familiares”, resaltó la fiscal. “Sin embargo – concluyó la funcionaria – logramos probar los abusos cometidos y la afectación que sufrieron las menores de edad”.

Delitos

WES fue condenado como autor de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la guarda y por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente). Por otra parte, JLRC fue condenado como autor de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la guarda) y promoción a la corrupción de menores agravada (por la guarda).

La identidad de los dos condenados se omite para evitar la revictimización de las niñas, a raíz de que ellas tiene el mismo apellido que uno de los condenados.



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